POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA
La Responsabilidad Social Corporativa (RSC) va más allá del cumplimiento de las leyes y las normas, dando por supuesto su respeto y su estricto cumplimiento. En este sentido, la legislación laboral y las normativas relacionadas con el medio ambiente son el punto de partida junto con la responsabilidad ambiental. El cumplimiento de estas normativas básicas lleva implícito las obligaciones que cualquier empresa debe cumplir simplemente por el hecho de realizar su actividad.
La RSC implica el cumplimiento de la legislación de referencia para su actividad pero además, bajo su concepto, se engloban un conjunto de prácticas, estrategias y sistemas de gestión empresariales que persiguen un nuevo equilibrio entre las dimensiones económica, social y ambiental. La RSC pretende buscar la excelencia en el seno de la empresa, atendiendo con especial atención a las personas y sus condiciones de trabajo, así como a la calidad de sus procesos productivos.
De cara al cumplimiento de nuestros objetivos en este área y para poder satisfacer las crecientes exigencias de sostenibilidad de nuestros empleados, clientes, proveedores y sociedad en general, IRIUM asume el más amplio respeto a los siguientes principios y pautas de actuación comprometiéndose a velar por su cumplimiento y aplicación en su actividad empresarial:
1. Conocer y respetar en todo momento las leyes que nos sean de aplicación y actuar en compromiso ético con la sociedad y su entorno de relaciones, implicando asimismo en su cumplimiento a nuestra cadena de suministro cuando sea procedente. Estos principios generales de contratación, entre otros, son:
• Respecto por los Derechos Humanos en el trato con todos los grupos de interés (empleados, clientes, proveedores, entorno local…).
• Respecto a la legalidad vigente.
• Rechazo total a los trabajos forzados.
• Rechazo al trabajo infantil.
• Igualdad y Diversidad: Rechazo de la discriminación de cualquier tipo (sexo, discapacidad, V.2.0 16/07/2018 Página 2 de 2 etnia, edad o estilo de vida) en las relaciones profesionales.
2. Garantizar que ni el soborno ni la corrupción forman parte de nuestras prácticas empresariales así como garantizar la confidencialidad de la información a que tuviéramos acceso y la protección de los derechos de propiedad intelectual. En particular, ninguna persona de IRIUM, sus agentes o subcontratistas, podrán pagar comisiones, o conceder descuentos o regalos de un valor significativo a cualquiera de nuestros clientes o sus filiales ni entrar en cualquier acuerdo comercial con los clientes de los mismos o cualquier filial de aquellos o empresa afín, sin previa y escrita autorización por parte del cliente.
3. Realizar los servicios de conformidad con las normas internacionales del trabajo, incluyendo el rechazo al trabajo forzoso u obligatorio, la negativa del trabajo infantil, el fomento de las políticas de no discriminación de cualquier tipo de acuerdo con las leyes locales, el fomento de la libertad sindical y la negociación colectiva, así como el cumplimiento de las condiciones de trabajo, salud y las normas de seguridad, respetando los derechos humanos fundamentales.
4. Responsabilizarnos tanto del cumplimiento de estos principios de contratación como por parte de nuestros subcontratistas. A los efectos de esta cláusula, podremos imponer adicionalmente nuestro propio estándar de las normas de conducta empresarial a nuestros subcontratistas, garantizando expresamente que su normativa de conducta empresarial será como mínimo tan estricta como los principios de contratación aquí expuestos.
5. Revisar periódicamente el cumplimiento propio, y el de nuestros subcontratistas, de los principios de contratación evaluando y gestionando inmediatamente cualquier cambio que tenga un impacto negativo en el mismo
MANUEL RUBIO
DIRECTOR GENERAL DE IRIUM