
Código de Conducta
Este Código aplica a los órganos de administración, altos directivos y empleados de IRIUM, y se extiende a contratistas, proveedores, fabricantes y colaboradores que actúen en su nombre o bajo su amparo.
1. Alcance del Código de Conducta
Nuestro Código de Conducta es un documento que resume las diversas políticas y prácticas vigentes en IRIUM relacionadas con el comportamiento tanto de las Sociedades como de las personas que las integran.
Código de Conducta es un elemento clave de las normas de comportamiento responsable que todos los empleados y personal relacionado, directa o indirectamente, con IRIUM deben cumplir. Está diseñado para ayudar a todos a ejercer los comportamientos esperados, y constituye un elemento de especial relevancia en nuestra política de control interno y de cumplimiento de la normativa aplicable.
En él se recogen valores éticos, compromisos y buenas prácticas que deben aplicarse en la gestión de cada una de las actividades que se lleven a cabo en el marco del objeto social de IRIUM.
2. Valores
Nuestra máxima es el TRABAJO RESPONSABLE, basado en el respeto hacia nuestros clientes externos y hacia los miembros que forman parte de IRIUM.
La TRANSPARENCIA en todas las operaciones es otro de nuestros valores, ya que representa el eje principal para dotar de confianza a todas nuestras relaciones.
plenamente convencidos de lo que hacemos y de cómo lo hacemos, y queremos transmitir esa SEGURIDAD hacia el exterior y hacia todos y cada uno de nuestros clientes y colaboradores.
Nuestros valores además son la honestidad, la eficacia, la transparencia y el compromiso.
3. Ámbito de aplicación
El presente Código de Conducta resulta de aplicación a todos los empleados de IRIUM y vincula a los órganos de administración, altos directivos y agentes sociales.
El Código de Conducta, así como sus disposiciones de desarrollo, puede declararse también de aplicación a contratistas u otras personas que presten servicios para las Sociedades, cuando se considere conveniente. Así pues, el Código de Conducta afecta a todos los que formamos IRIUM, independientemente de su función, localización o nivel jerárquico.
Además, todos los proveedores, fabricantes, colaboradores y empresas auxiliares deben trabajar también según las normas y comportamientos detallados en el presente Código de Conducta cuando desarrollen actividades comerciales en nuestro nombre o bajo su amparo.
4. Objetivo
El presente Código de Conducta tiene como objetivo principal establecer los valores que deben guiar el comportamiento de IRIUM, estableciendo pautas de actuación compartidas, aceptadas y que deberán ser respetadas por todos sus empleados.
Con este Código de Conducta se pretende orientar las relaciones de los empleados de IRIUM de forma tal que se constituya en un referente formal e institucional de la conducta de cada uno, tanto de manera personal como profesional, y consolide la identidad e imagen de IRIUM en relación con el público y el mercado.
La base del Código de Conducta está en la honestidad, la dignidad, el respeto, la lealtad, la dedicación, la eficacia, la transparencia, la integridad y la conciencia.
5. Principios Generales
5.1 Cumplimiento de la Legalidad
Los profesionales de todo rango de IRIUM deberán cumplir estrictamente la legalidad vigente en el lugar en el que desarrollen su actividad, atendiendo al espíritu, finalidad y literalidad de las normas. Se respetarán íntegramente los compromisos y obligaciones asumidas por IRIUM en sus relaciones contractuales con terceros.
En virtud de ello, tratamos de garantizar que solo llevamos a cabo relaciones comerciales, profesionales y laborales con empresas y personas con buena reputación.
5.2 Derechos Humanos y Laborales
Es prioridad de IRIUM mantener su compromiso, vinculación y firme respeto en el desarrollo de la actividad empresarial y en sus relaciones laborales con todos aquellos con quienes colabore, hacia los Derechos Humanos y Laborales reconocidos en la legislación nacional e internacional, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
IRIUM no admite en ningún caso el trabajo de menores de edad, el trabajo forzoso u obligatorio, y respeta la libertad de asociación y negociación colectiva.
6. Normas de Actuación
6.1 Respeto a las personas
El respeto a las personas y a su salud es uno de los pilares fundamentales de IRIUM. Queda totalmente prohibido cualquier acto que, de forma directa o indirecta, pudiera vulnerar o atentar contra la dignidad o la salud de las personas, incluyendo la intimidación, el acoso de cualquier tipo o el abuso de autoridad.
6.2 Igualdad de oportunidades
En ningún caso se podrá denegar a una persona el derecho a trabajar o colaborar con IRIUM, ni impedir su promoción o desarrollo profesional, por razón de raza, religión, sexo, orientación sexual, origen o estado civil.
6.3 Derechos colectivos y de empleados
IRIUM respeta los derechos de sindicación, asociación y negociación colectiva reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional e internacional, y dedica los medios necesarios para proporcionar a sus empleados un entorno laboral saludable y seguro.
6.4 Comportamiento en el mercado y respeto a la libre competencia
El cumplimiento de las leyes establecidas sobre libre competencia es compromiso de las Sociedades.
6.5 Sociedad y desarrollo
IRIUM se compromete a apoyar, en la medida de lo posible, el desarrollo social y profesional de las personas, mediante la oferta de empleo, el apoyo a infraestructuras sanitarias y educativas, y la colaboración con las autoridades locales.
6.6 Conflictos de interés
Se evitará el establecimiento de relaciones con clientes o proveedores que puedan poner en duda la independencia y objetividad profesional. IRIUM desarrolla su modelo de negocio con neutralidad política, sin participar en los procesos políticos de los países en los que opera.
6.7 No competencia
Los directivos, empleados y personal deben comunicar a IRIUM el ejercicio de cualquier actividad profesional o personal que pueda entrar en conflicto de interés con las actividades desarrolladas en IRIUM.
7. Reglas de Conducta
7.1 Principios generales
Cualquier actuación contraria a lo dispuesto en este Código, a las normas y políticas de IRIUM o a la normativa aplicable podría implicar responsabilidades disciplinarias y, en su caso, penales. Los directivos, empleados y personal se comprometen a observar la máxima diligencia y buena fe, obligándose a consultar con su superior o con el órgano de supervisión y control cualquier duda al respecto.
7.2 Respeto a la intimidad y deber de confidencialidad
El respeto a la intimidad personal, la libertad y el secreto de las comunicaciones es un derecho básico de todos los que integran IRIUM. Los archivos, soportes de datos y documentos utilizados deberán ser custodiados de forma que no sean accesibles a personal no autorizado, y toda la información intercambiada en el seno de la organización se considera, salvo indicación contraria, privada y confidencial.
Los empleados no tienen derecho a acceder a documentación e información de IRIUM ajena a sus funciones, salvo autorización previa, ni a sacarla de la organización para uso privado.
7.3 En relación con las prácticas de mercado
IRIUM opera en el mercado conforme a una conducta leal, seria y responsable, evitando incurrir en cualquier actuación fraudulenta o engañosa.
Obtención de información: la información comercial o de mercado se obtiene sin infringir normas legales o pactos privados, y queda prohibido difundir información maliciosa o inexacta sobre un competidor.
Relación con proveedores: se evita cualquier interferencia que afecte a la imparcialidad y objetividad en la relación con proveedores. Nuestros proveedores deben respetar los derechos humanos y laborales en sus organizaciones, siendo excluidos de nuestra red aquellos que no cumplan estos criterios. Queda prohibido para empleados o personal ofrecer o aceptar regalos o dádivas en el marco de estas relaciones, salvo que se haya informado al órgano de supervisión y control.
Relación con clientes: los empleados mantendrán en todo momento una actitud de respeto y consideración hacia los clientes de IRIUM, sin que puedan ser discriminados por ninguna razón. Nuestros clientes también deben respetar los derechos humanos y laborales en sus organizaciones.
Pagos y cobros: se evitan los pagos y cobros en metálico por encima de 1.000 euros y mediante cheques al portador. Todas las transacciones se reflejan con claridad y precisión en los registros de las Sociedades.
7.4 Normas de conducta en materia financiera
La información económico-financiera que IRIUM publicita y facilita a organismos oficiales debe responder fielmente a su realidad económica, motivo por el cual IRIUM somete sus cuentas anuales a auditoría por una empresa especializada. Se prohíbe expresamente la comunicación a terceros de información inveraz sobre la situación económico-financiera de IRIUM.
7.5 En relación con la corrupción
IRIUM respeta la competencia justa y honesta, estableciendo como principio de actuación la transparencia en sus relaciones comerciales con terceros, regida por criterios objetivos de precio, calidad, fiabilidad e idoneidad del producto.
Ningún directivo, empleado o personal de IRIUM facilitará, ofrecerá, solicitará o aceptará, directa o indirectamente, dádivas, beneficios o favores personales con ocasión de la actividad comercial que desarrolle en nombre de IRIUM. Esta prohibición se extiende a cualquier regalo que supere el valor de 300 euros. La actuación de IRIUM en concursos públicos y licitaciones se ajusta en todo caso a las exigencias de transparencia y legalidad.
8. Código de Conducta Externo
IRIUM no comprará mercancía ni contratará con productores o proveedores que no tengan condiciones de trabajo ético y aceptable. Los proveedores, fabricantes y/o productores que contraten sus productos o servicios con IRIUM deberán cumplir el presente Código de Conducta.
8.1 Fundamentos
Este Código de Conducta Externo se fundamenta en los Convenios de la OIT, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de Naciones Unidas, los principios Global Compact de Naciones Unidas, la legislación laboral aplicable y cualquier otra normativa que resulte de aplicación.
8.2 Normas de Actuación
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Apoyo y respeto a la protección de los Derechos Humanos Internacionales. IRIUM solo trabaja con proveedores, productores y fabricantes responsables cuyas condiciones y hábitos de trabajo sean éticos y aceptables.
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Trato con respeto y dignidad: ningún empleado de nuestros proveedores estará sujeto a abuso o acoso físico, sexual, psicológico o verbal.
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Un lugar de trabajo seguro que cumpla las disposiciones legales de seguridad, salubridad e higiene.
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Retribuciones y beneficios conformes, como mínimo, a la legislación vigente y a los acuerdos colectivos aplicables.
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Horario laboral razonable, de conformidad con las leyes locales y estándares del sector.
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Libertad de asociación y derecho a la negociación colectiva.
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Rechazo absoluto a toda forma de trabajo forzado y a la contratación de menores.
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No discriminación por razón de raza, religión, sexo, condición o ideología.
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Respeto al medioambiente y cumplimiento de la normativa medioambiental aplicable.
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Cumplimiento de las leyes locales, nacionales e internacionales, sin tolerar forma alguna de corrupción, soborno o extorsión.
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Supervisión: los terceros que contraten con IRIUM facilitarán las condiciones para que puedan llevarse a cabo verificaciones del cumplimiento de este Código de Conducta.
9. Administración del Código de Conducta
9.1 Órgano de supervisión y control
Un órgano de supervisión y control promueve activamente la difusión y el cumplimiento del presente Código de Conducta. Entre sus funciones se encuentran velar por su cumplimiento, resolver las consultas que le sean trasladadas, adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad de las denuncias tramitadas, y poner en conocimiento de las autoridades los hechos que resulten de las investigaciones cuando puedan ser constitutivos de ilícito.
Los profesionales de IRIUM tienen el derecho y el deber de poner de manifiesto ante este órgano cualquier incumplimiento de los principios recogidos en este Código de Conducta.
9.2 Definiciones
A efectos de este Código de Conducta, la referencia a IRIUM incluye a IRIUM SOLUCIONES Y SISTEMAS, S.L., IRIUM NETWORKS, S.L., IRIUM TRAINING SOLUTIONS, S.L., IRIUM INNOVA, S.L., IRIUM MEXICO S DE RL DE CV, MISTRAL IT SERVICES UNIPESSOAL LDA, ODYSSY 2K1, S.L., y cualquier otra sociedad o entidad que pueda llegar a integrar, en el presente o en el futuro, su estructura empresarial.
10. Canal de Denuncias
IRIUM cuenta con un Canal de Denuncias para comunicar, de forma confidencial y sin temor a represalias, cualquier incumplimiento de este Código de Conducta o de la normativa aplicable. Las vías de comunicación disponibles, las garantías para la persona informante y el procedimiento aplicable se detallan en nuestra sección de Compliance y Canal de Denuncias.
11. Cumplimiento e Interpretación
IRIUM y todas las personas incluidas en el ámbito de este Código de Conducta deben cumplir con las normas contenidas en el mismo. El incumplimiento de sus directrices por parte del personal y los empleados podrá dar lugar a las medidas disciplinarias que resulten de aplicación conforme a la legislación laboral vigente.
El órgano encargado de la supervisión y el control de IRIUM es el responsable de interpretar las normas contenidas en este Código de Conducta.
Versión adaptada para su publicación en la web de IRIUM.
Compliance en IRIUM
Contamos con un sistema de prevención y cumplimiento normativo (Compliance) que incluye un Canal de Denuncias, conforme a la Ley 2/2023 y a la Directiva (UE) 2019/1937.
Cómo comunicarlo
Por email a canaldenuncias@irium.es, por correo postal (C/ María Tubau 4, torre B, 1º, 28050 Madrid), por teléfono/WhatsApp (687879955) o solicitando una reunión presencial.
¿Quién puede usar el canal?
Empleados, directivos, socios, proveedores, contratistas, subcontratistas y, en general, cualquier cliente o tercero que mantenga una relación profesional o comercial con IRIUM.
Garantías para la persona informante
Confidencialidad de la identidad, posibilidad de denuncia anónima, prohibición expresa de represalias y tratamiento de datos conforme al RGPD y la LOPDGDD.
¿Qué se puede denunciar?
Cualquier incumplimiento del Código de Conducta, infracción penal o infracción administrativa grave o muy grave, incluidas las infracciones del Derecho de la Unión Europea.
Plazos y canal externo
Acuse de recibo en 7 días, resolución en un máximo de 3 meses (prorrogable). Como alternativa, puede acudirse a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.).